NORMATIVA
REGLAS DE CONDUCTA “ESCUELA URBANA #135”
De los horarios.
El horario de clases será de Lunes a Jueves de 2:00 pm a 6:20 pm y el Viernes de 2:00 pm a 6:00 pm.
El ingreso al plantel será a las 2:00 pm y hasta las 2:15, una vez transcurrido ese tiempo no se podrá ingresar al plantel.
El horario de atención a padres, madres y/o tutores será de Lunes a Jueves de 6:20 pm a 6:30 pm y Viernes de 6:00 pm a 6:30 pm.
El horario de recreo será de 4:30 pm a 5:00 pm.
De los padres de familia.
El Ingreso de padres, madres y/o tutores al plantel se permitirá únicamente con citatorio escrito, firmado y sellado por docente y dirección.
La atención a padres de familia se realizará únicamente en los horarios establecidos en el artículo 3° de este reglamento y toda vez que hayan salido todos los educandos.
La comunicación con el docente, equipo de USAER o dirección deberá ser de manera presencial, solicitándolo durante los horarios establecidos de atención.
Es obligación para el padre, madre y/o tutores asistir a las reuniones a las que sean convocados en la Institución.
De los alumnos.
El uniforme formal de los alumnos es pantalón azul, falda azul, camisa o playera blanca y zapatos negros.
El uniforme deportivo es pantalón deportivo azul, playera blanca y tenis preferentemente blancos.
Los alumnos y las alumnas, deberán presentarse aseados y bien peinados.
De la evaluación de los educandos.
La evaluación de los alumnos se llevará a cabo conforme los lineamientos que establezcan las autoridades educativas estatales y federales.
De los actos de indisciplina y su clasificación.
Toda violación a las presentes disposiciones por parte de los alumnos se considerará como un acto de indisciplina y se sancionará conforme la categorización expuesta en el Artículo 12 del Acuerdo de las Reglas de Conducta para las Escuelas de Educación Básica del Estado de Jalisco. (Actos leves, graves y muy graves).
Para cada uno de los actos leves, graves muy graves se establecen medidas disciplinares que corresponden para cada grupo de actos.
El acto leve de indisciplina lo constituirá:
No prestar la debida atención las actividades escolares.
Realizar actividades ajenas a las escolares o las autorizadas por el maestro.
Dirigirse a sus compañeros de forma irrespetuosa.
Realizar y/o dar promoción a actividades en nombre de la escuela.
Usar dispositivos móviles en actividades que no corresponden a lo académico.
Ocasionar daño y perjuicio a los bienes materiales del plantel, alumnos y personal escolar de forma no intencional.
El acto grave de indisciplina lo constituirá:
Realizar actos que lesionen o perjudiquen seriamente las actividades educativas.
Cometer actos en contra de la moral y las buenas costumbres, dentro y alrededor del plantel.
Distribuir materiales no propios para la edad escolar.
Utilizar lenguaje soez, indecente o vulgar y agredir verbalmente.
Desobedecer o faltar al respeto al personal escolar.
Abandonar el salón de clase o plantel sin conocimiento o autorización de su autoridad.
No presentarse puntualmente o no asistir reiterativamente a su horario escolar.
El acto muy grave de indisciplina lo constituirá:
Agredir al personal escolar o cualquier persona por cualquier medio.
Llevar a cabo acoso escolar físico, verbal, sicológico, exclusión social, sexual y cibernético.
Causar o participar en disturbios o actos vandálicos.
Portar o usar en el plantel escolar cualquier instrumento considerado como arma blanca o de fuego, objeto o artefacto peligroso, aun cuando no sea de los prohibidos por la legislación aplicable.
Portar, consumir, vender o regalar en el plantel cualquier tipo de sustancias tóxicas.
Sustraer, apoderarse, destruir o dañar intencionalmente, dentro del plantel escolar, bienes y documentación pertenecientes a la escuela, al personal, alumno y la comunidad en general.
Alterar o falsificar la firma del padre o tutor en cualquier comunicado institucional de la escuela.
Falsificar o alterar por cualquier medio cualquier documento oficial.
Incurrir en mentiras que perjudiquen a terceros con la finalidad de obtener beneficio.
Poner en peligro la integridad de alguna persona de la comunidad escolar.
De las sanciones aplicables para los actos de indisciplina según la clasificación.
Las medidas disciplinares a que estarán sujetos los alumnos conforme a las faltas leves serán:
Diálogo con el alumno sin la presencia de sus compañeros.
Diálogo con el grupo.
Apercibimiento o llamada de atención verbal, al alumno en privado.
Reporte de indisciplina por escrito con copia para padre, madre o tutor.
Las medidas disciplinares a que estarán sujetos los educandos ante los actos graves son:
Comunicación por escrito a padre, madre o tutor.
Tareas y actividades escolares extra-clase tendientes a concientizar al alumno respecto a su acto y las consecuencias.
Amonestación por escrito al alumno con aviso al padre de familia sobre indisciplina reincidente.
Firma de carta de padre, madre o tutor dirigida a la autoridad escolar, describiendo sus compromisos entorno al mejoramiento de la conducta.
Redacción del acto y la amonestación en bitácora, firma de padre, madre o tutor. En aula y dirección.
Las medidas disciplinares que se aplicarán para los actos graves de indisciplina serán los siguientes:
No asistencia a eventos escolares como excursiones, actividades deportivas, fiestas escolares y actividades recreativas o culturales.
Suspensión dentro de la escuela al alumno que reincida en actos de indisciplina, en clase específica o días escolares, realizando actividades dirigidas a reparar los daños.
Cambio de escuela en los casos donde las condiciones lo permitan.